La tecnología crece a un ritmo incansable, constante y, para según qué normativas, inalcanzable.
La crisis que se inició con la caída de las subprime allá en lo que parece un lejano 2008, han dejado tras de sí toda una serie de cambios y modificaciones que tenían como finalidad la regulación en el sector bancario de ciertos aspectos relacionados con el capital propio y el riesgo de sus inversiones. Estas reglamentaciones dieron paso a una actualización de Basilea I en lo que fue Basilea II, para posteriormente hacer una nueva revisión a través de Basilea III que incluyera condiciones más estrictas en la supervisión del riesgo.
El problema con la aplicación e implementación de Basilea II y III, como muchas veces sucede, es la lentitud con que se adaptan los protagonistas a ella, y por otra parte la flexibilidad que a menudo se da para reorientar los criterios y que cumplan con las nuevas exigencias.
Sin ir más lejos, Basilea III no entrará en vigor en su versión de total cumplimiento hasta el 2019 si no hay nuevas demoras que amplíen todavía más el plazo actualmente establecido. Y es que ya se han hecho diversas concesiones, sin ir más lejos actualmente ya se debería estar aplicando Basilea III según las primeras fechas de aplicación que se marcaron en el momento de su redacción.
Ahora bien, la tecnología avanza a un ritmo mucho mayor, una nueva normativa Basilea IV tal vez debería empezar a tramitarse si no queremos vernos sorprendidos por una nueva crisis de distinta índole que no hubiera sido prevista o cuantificada en la medida necesaria en las actuales escrituras de Basilea III.
Sin duda Basilea II y Basilea III han supuesto un avance en materia de seguridad financiera para tranquilidad de los mercados internacionales, y su aplicación está reformulando muchas de las políticas de inversión y distribución del capital privado en la mayoría de bancos. Todavía es pronto para sacar conclusiones fehacientes de su éxito ante despuntes de nuevas crisis, pero lo cierto es que la voluntad de encontrar un mayor equilibrio está vigente pero que, a la vez, el tiempo corre en contra, y la necesidad de renovación y actualización constante parece que sea una obligación.